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Políticas de Contracargo




¿Qué es un Contracargo?

Es el débito que se hace al Establecimiento por una operación de venta con Tarjeta American Express, que ha sido o será abonada y que por algún motivo ha sido cuestionada o no reconocida por el banco emisor o por el Tarjetahabiente.

Los contracargos se originan generalmente por cuatro causas:
  1. Errores en el procesamiento de una transacción en el punto de venta
    Generalmente son ocasionados por los empleados en el área de caja, posiblemente por algún descuido, errores en la información, maltrato o pérdida de vouchers.
  2. Solicitud del Tarjetahabiente
    El Tarjetahabiente se comunica al Banco y solicita la aclaración del cargo hecho en algún Establecimiento. De acuerdo con el resultado obtenido en la investigación, se realiza o no el cargo al Establecimiento. Es muy importante que si el Banco le solicita los comprobantes, los entregue dentro del término convenido a fin de tener mejores elementos en la investigación y evitar cualquier tipo de incumplimiento contractual.
  3. Causas relacionadas con la venta después de realizarse la transacción
    Éstas se originan por la insatisfacción del Tarjetahabiente por el producto o servicio luego de la venta. No olvide aclarar a sus clientes sus términos y condiciones de la venta.
  4. Complicidad
    Existen bandas o grupos delictivos cuyo objetivo es corromper, engañar o relacionarse con empleados de Establecimientos para hacer cargos indebidos a alguna Tarjeta.

Con el fin de orientar a su establecimiento afiliado a la franquicia American Express queremos compartir con ustedes la siguiente información que en algún momento podrá ser de gran ayuda.


En determinadas ocasiones American Express hace solicitud de documentos a Bancolombia por diferentes motivos: Requerimiento Legal, análisis de fraude, en caso que el Tarjetahabiente no reconoce la transacción o no está de acuerdo con el monto de la transacción, servicios no prestados o cargos duplicados.

Con el fin de atender estos requerimientos de los bancos emisores del exterior es necesario que su Establecimiento presente adicional al comprobante de venta, soportes que demuestren la transacción, por ejemplo, factura detallada de los bienes o servicios adquiridos; esto con el fin de poder sustentar la validez de la transacción.


Si en algún momento su Establecimiento no puede realizar una transacción por datáfono, no fraccione la venta pues al Tarjetahabiente le aparecerán en el extracto dos transacciones y solo habrá una factura, esto daría lugar al Tarjetahabiente para presentar un contracargo.


Si su Establecimiento tiene instalada una terminal electrónica "datáfono", y luego de deslizar una Tarjeta American Express le aparece el mensaje: CODIGO 091, esto significa que deberá llamar al centro de autorizaciones a los teléfonos en Bogotá 327 86 80 o en el resto del país 01 8000 123455 y solicitar una autorización vía voz. No se alarme por esta situación, lo único que quiere decir es que el emisor de la Tarjeta quiere comunicarse con el Tarjetahabiente. La mayoría de estas transacciones son autorizadas y lo único que buscan es proteger tanto a los establecimientos como a los Tarjetahabientes contra el fraude.


En ningún momento su Establecimiento, sea cual sea su actividad económica, puede realizar avances en efectivo a Tarjetahabientes American Express pues esta actividad está prohibida para Establecimientos. Este tema se encuentra registrado en el contrato de afiliación en la cláusula tercera numeral 10 del contrato de afiliación.


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